Existen reglas de convivencia que todos deben cumplir por igual en una copropiedad. Sin embargo, algunos incumplen y debes conocer qué hacer en estos casos.
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¿Incumplir el reglamento de propiedad horizontal es causal de terminación de contrato?
Un problema común entre copropietarios
Los sonidos molestos como martillar, taladrar, cantar o tocar instrumentos en la noche se convierten en ruidos molestos que amenazan la convivencia con tu copropietario. En ocasiones puede parecer que hablar con él es una buena solución, pero si el problema persiste, debes tomar otras medidas.
La Ley te puede ayudar
Lo que debes saber es que, si no logras llegar a un acuerdo con tus vecinos, existe una ley concreta para los ruidos molestos y puedes apoyarte en ella, la Ley 675 del 2001. No necesitas de un abogado y son muy sencillas de aplicar. Puedes llamar a las autoridades y ellos serán los encargados de aplicar el nuevo código de policía.
¿Qué dice la Ley?
En un sector residencial el nivel máximo permitido de ruido es de 65 decibeles de día y de 55 de noche. El nuevo Código de Policía, impone sanciones a quienes atenten contra la “convivencia pacífica”. Las multas van hasta los 32 salarios mínimos y varían dependiendo de su gravedad. Esto equivale a una sanción de 393 mil pesos.
Es importante ajustarse a las normas
Los copropietarios deben conocer y apliquen las normas. Además de la Constitución Política hay parámetros como las normas ambientales y la Resolución 627 del 2006 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, que regula los niveles de ruido. También está estipulado en el código Nacional de Policía, la Ley 675 del 2001 que pretende detener la contaminación auditiva y la afectación a la tranquilidad y la intimidad.
Así se puede frenar el ruido en las copropiedades
Si es una propiedad privada como apartamentos o casas, las juntas administrativas deben realizar acciones preventivas, entre ellas, recordarles a los propietarios sus derechos, deberes y prohibiciones mediante avisos, afiches y circulares.