Aunque no es una obligación tenerlo, existen muchas situaciones que pueden perjudicar tanto al propietario de la vivienda como al inquilino y por eso es buena idea tener un seguro.
Central de Arrendamientos
¿Qué es un seguro de hogar?
Mediante un contrato con una aseguradora, un arrendador y un inquilino pueden proteger su hogar ante eventos como: desastres naturales, incendios, actos de terrorismo, etcétera, así como el robo de objetos personales dentro de la vivienda, entre otros casos.
¿Es obligatorio?
En la actualidad, en Colombia no existe ninguna ley que te obligue a ti como propietario o como inquilino a que debas adquirir un seguro de hogar con una aseguradora. Ten en cuenta que dicho seguro puede ser tomado por el arrendador y el arrendatario del inmueble.
¿Qué cubre?
Ten en cuenta que cada póliza de seguros es diferente, cuenta con unos amparos, exclusiones y condiciones que varían. Estos son algunos ejemplos de seguros de hogar y sus cubrimientos.
Amparos
Generalmente, la compañía de seguros cubrirá los daños o pérdidas materiales que de forma accidental, súbita e imprevista sufran los bienes asegurados como consecuencia directa de cualquiera de los riesgos nombrados a continuación:
- Incendio y/o impacto directo de rayo.
- Explosión.
- Choque.
- Daños por impacto.
- Hurto calificado.
Exclusiones
Mucho de los seguros que venden en el país, no cubren los siguientes daños o pérdidas materiales.
- Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas.
- Órdenes o actos de autoridad.
- Toda clase de riesgos nucleares y atómicos.
- Radiaciones ionizantes o contaminación por radiactividad.
- Propiedades radiactivas, toxicas, explosivas
- Cualquier arma de guerra que utiliza la desintegración y/o fisión y/o fusión nuclear o atómica.
- Daño o perdida materia por cohetes o misiles.
- Huelga, motín, asonada, conmoción civil o popular
- Terrorismo cibernético
- Entre otros.