¿Se pueden hacer trasteos en tiempos de cuarentena?

Dentro de las hoy 41 excepciones al decreto de aislamiento preventivo obligatorio, no se encuentra nada de manera expresa respecto a los trasteos o mudanzas, no obstante, la Alcaldía acudiendo a la excepción del numeral 5 del nuevo decreto 593 del 24 de abril de 2020, por causa de caso fortuito o fuerza mayor, indicó los casos en que se pueden hacer trasteos en la ciudad de Bogotá.

¿En qué eventos puede haber mudanzas?


1.
Cuando un comprador deba mudarse a su nueva propiedad por entrega de casa o apartamento.

2. Cuando se deba vivir con los seres queridos para poder cuidarlos.

3. Cuando no existan otras alternativas que garanticen la vivienda digna.

4. Cuando ha finalizado el contrato de arrendamiento de vivienda o locales comerciales.

5. Cuando la actividad de los locales comerciales se suspendió y hay pérdidas para los comerciantes.

6. Se llegue a un acuerdo con el arrendador para entregar anticipadamente el inmueble que se tiene en arriendo.

Es importante en todo caso tener en cuenta que dentro de estas mudanzas los operadores de trasteos y los usuarios deben cumplir con las políticas de bioseguridad y se recomienda una coordinación previa de estas mudanzas con los representantes legales de las copropiedades (administradores), a efectos de no tener inconvenientes en las salidas o ingresos.

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