No es común que un inquilino se vaya del bien inmueble sin avisar y sin concertar la entrega del bien dado en arrendamiento, sin embargo, cuando se presentan estos casos el arrendador debe asesorarse para no tener inconvenientes legales.
18 de Agosto de 2021 / Central de Arrendamientos
Concretada la fecha de entrega del inmueble arrendado, pero el inquilino no asiste, usted como arrendador puede ingresar al inmueble, pero puede verse envuelto en problemas legales, sin un debido asesoramiento. Así que Central de Arrendamientos es su mejor opción, pues contamos con expertos especialistas que le darán un asesoramiento legal integral y le brindarán apoyo en la diligencia de entrega del inmueble.
En el supuesto que ingrese en el inmueble arrendado con ayuda de un cerrajero o con acompañamiento policial, la mejor opción es hacer un video en donde conste las condiciones en las que se encuentra el inmueble y adicionalmente constatar que no repose ningún objeto perteneciente al inquilino, posteriormente diligenciar una carta en donde contextualice el video tomado y es imprescindible que lo acompañe la firma de los testigos del hecho, para prevenir un eventual proceso judicial en contra.
En relación con la falta de pagos de recibos públicos, desmonte de mobiliarios del inmueble y entre otros posibles daños que pueda tener su inmueble Central de Arrendamientos cuenta con abogados especializados que te pueden dar una asesoría completa frente a tu caso en concreto y te asistirán paso a paso sobre este procedimiento.